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Para nuestra empresa, el tipo de sociedad que más nos conviene es la Sociedad de responsabilidad limitada ya que sus características son las que mas se adecuan a nuestra empresa:

  1. - Puede haber uno o más socios, en nuestro caso, 4 socios.
  2. - El capital social no puede ser inferior a 3000 euros y tiene que estar totalmente desembolsado.
  3. - La responsabilidad de los socios está limitada a la aportación realizada,hemos pensado en nuestro caso que somos cuatro aportar la misma cantidad cada uno.
  4. - En este tipo de sociedad, se emiten participaciones, las cuales no se pueden vender sin consentimiento de los socios, mientras que en otro tipo de sociedad que se emiten acciones, podríamos perder el control de la empresa.



Los órganos de gobierno serán:
- La junta general: Es el órgano supremo de la sociedad y en él están representados todos los socios, es decir, nosotros 4. Nuestras funciones serán controlar la gestión social y aprobar las cuentas anuales y la distribución del resultado, nombrar a los administradores, reformar los estatutos o disolver la sociedad en caso de que sea necesario.
- Los administradores: Pueden ser socios o no, como ya se ha mencionado antes, los propios socios determinarán quienes son los administradores. Tienen la función de gestionar la empresa y de ejecutar las decisiones de la junta general, además ejercerán la representación legal de la sociedad.


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Entre los derechos que poseemos como socios están: participar en el reparto de los beneficios, tener preferencia para adquirir nuevas participaciones en caso de el capital de la empresa aumente, votar en la junta general en función de las aportaciones de cada socio, como ya hemos mencionado anteriormente aportaremos la misma cantidad de capital, por lo tanto, nuestro voto será igual y estar informados de las actuaciones de los administradores.
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Las ventajas que creemos que tiene este tipo de Sociedad para nuestra empresa:
El capital que se requiere para la crear la empresa, no es muy elevado y nos lo podemos permitir 3000€. Otra gran ventaja que supone adquirir este tipo de sociedad, es que los socios no responden con su patrimonio personal, como mucho, podríamos perder el capital inicial aportado, es decir, si la empresa va mal o tenemos deudas, nuestros bienes personales no estarán expuestos. Otra característica que para nosotros es fundamental, es la emisión de participaciones, es decir, las participaciones solo están en manos de quienes nosotros decidamos, con esto, conseguimos que la empresa y las decisiones que se tomen sobre esta, estén en nuestra mano en todo momento, cosa que con la emisión de acciones, no se podría conseguí, ya que estas las puede obtener cualquier persona y nos podría ocasionar la pérdida del control de la empresa o de decisiones que se tomen.
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En definitiva, este tipo de Sociedad es la más adecuada para el comienzo de nuestra empresa por las características vistas anteriormente.
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